¿No puedes volver a tu trabajo y no sabes qué va a pasar ahora?
Sabemos que no solo te duele el cuerpo o te falla la salud; te duele la incertidumbre. Después de meses de baja, la pregunta es siempre la misma: "¿De qué voy a vivir si no puedo volver a mi puesto?".
En JM Incapacidades somos un despacho especializado exclusivamente en incapacidades laborales. Llevamos más de 10 años ayudando a personas en tu situación a conseguir una pensión cuando no pueden volver a trabajar.
¿Qué es la incapacidad permanente total?
La incapacidad permanente total (IPT) es un grado de invalidez que se reconoce cuando un trabajador, debido a una enfermedad o accidente, ya no puede realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual, pero sí podría desempeñar un trabajo distinto.
No puedes volver a tu antiguo puesto.
Es compatible con otros trabajos que no exijan el mismo esfuerzo físico o mental.
Ejemplo real: Un albañil con una lesión lumbar crónica que le impide cargar peso o estar de pie horas puede obtener la incapacidad total. Aunque no pueda volver a la obra, sí podría trabajar como administrativo en una oficina.
Requisitos para que te concedan una incapacidad permanente total
Para que el INSS o un juez te den la razón, no buscamos "nombres de enfermedades", buscamos limitaciones. Los requisitos reales son:
Secuelas médicas definitivas: Que hayas agotado las posibilidades terapéuticas (operaciones, rehabilitación, fármacos).
Limitaciones funcionales: No basta con el dolor; hay que demostrar qué movimientos o capacidades has perdido.
Carga administrativa: Estar de baja o en situación asimilada y cumplir los años mínimos de cotización según tu edad.
El INSS no concede incapacidades por diagnóstico, sino por limitaciones funcionales. Lo que realmente valora el tribunal médico es cómo afecta esa patología a las tareas de tu contrato de trabajo.
¿Qué enfermedades dan incapacidad permanente total?
El INSS no concede incapacidades por el nombre de la enfermedad, sino por el grado de afectación que esta produce. Cualquier enfermedad puede dar lugar a una incapacidad total si te impide realizar tu trabajo. Las más comunes suelen ser:
Traumatológicas: Hernias discales, artrosis severa, patologías de hombro o rodilla.
Salud mental: Depresión mayor, trastorno bipolar o ansiedad crónica severa.
Sistémicas: Fibromialgia, fatiga crónica o enfermedades autoinmunes.
Cardíacas o respiratorias: Insuficiencia cardíaca o EPOC que impida esfuerzos físicos.
No importa si tu enfermedad es "común" o "rara"; lo que importa es que tus informes médicos acrediten que no puedes cumplir con las tareas que exige tu contrato.
Cuánto se cobra por incapacidad permanente total
La cuantía económica depende directamente de tu base reguladora:
General: Cobrarás el 55% de tu base reguladora.
Cualificada: Si tienes 55 años o más y no estás trabajando en otra cosa, puedes solicitar el aumento al 75%.
Ejemplo práctico: Si tu base reguladora es de 1.500€, cobrarías 825€ al mes. Si tienes más de 55 años y estás en paro, subiría a 1.125€.
¿Cómo se calcula la base reguladora?
La base reguladora es la cifra sobre la que se aplica el porcentaje (55% o 75%), basada en tus bases de cotización de los últimos años.
Por enfermedad común: Se suman las bases de cotización de los últimos 8 años (96 meses) y se dividen por 112.
Por accidente de trabajo: El cálculo es más favorable, basado en los salarios reales del año anterior al accidente, incluyendo horas extra y complementos.
En nuestra primera consulta gratuita, trae tu base de cotización y te ayudaremos a calcular la cifra exacta que te correspondería cobrar mes a mes.
Cómo conseguir una incapacidad permanente total paso a paso
El camino administrativo suele ser largo y lleno de burocracia, pero estos son los hitos clave:
Solicitud ante la Seguridad Social (INSS): Presentación del expediente y de todos los informes médicos.
Tribunal médico del INSS (EVI): La entrevista donde evalúan tus limitaciones. Es el momento crítico.
Resolución: El INSS dicta si te la concede o la deniega.
En muchos casos, el problema no es la gravedad de la enfermedad, sino cómo se presenta el expediente. Un informe médico mal enfocado puede arruinar una incapacidad legítima.
¿Qué valora realmente el tribunal médico?
El Tribunal Médico (EVI) no es un hospital; es un evaluador de capacidades laborales.
No solo miran informes: El tribunal busca coherencia entre tus pruebas y tu realidad diaria.
Miran la funcionalidad: Lo que realmente puntúa es la limitación funcional, no el diagnóstico.
Importa tu profesión: El tribunal cruza tus limitaciones médicas con las exigencias de tu guía de profesiones.
Hemos visto expedientes con diagnósticos muy graves denegados y otros, aparentemente más leves, concedidos. La diferencia estuvo en cómo estaba enfocado el caso.
¿Qué hacer si te deniegan la incapacidad permanente total?
No te desanimes: la negativa del INSS es solo el principio para nosotros.
Reclamación previa: Tienes 30 días para decirle al INSS por qué se equivoca.
Demanda judicial: Si vuelven a decir que no, acudimos al Juzgado de lo Social.
Más del 50% de los casos que llevamos en el despacho llegan ya denegados por el INSS y se acaban reconociendo con éxito en vía judicial.
Por qué confiar en JM Incapacidades
Especialización total: Solo hacemos derecho de incapacidades. No somos generalistas.
Gestión 360º: Te acompañamos desde la primera solicitud hasta, si es necesario, el Tribunal Supremo.
Primera valoración gratuita: Estudiamos la viabilidad de tu caso sin que te cueste un euro.
Facilidades de pago: Ofrecemos pago fraccionado porque sabemos que tu situación económica es delicada.
Preguntas frecuentes sobre incapacidad permanente total
¿Puedo trabajar con una incapacidad permanente total?
Sí. Puedes trabajar en cualquier profesión que no sea la que dio origen a la incapacidad y que no sea incompatible con tus lesiones.
¿Cuánto tarda el INSS en contestar?
El plazo máximo es de 135 días hábiles, aunque lo normal es recibir noticias entre los 2 y 4 meses.
¿Es necesario ir a juicio?
No siempre, pero estar preparado para ello aumenta drásticamente tus posibilidades de éxito.
¿Me pueden quitar la incapacidad?
El INSS tiene derecho a revisar tu estado generalmente cada 2 años, hasta que cumplas la edad de jubilación.
¿Es compatible con trabajar en otra empresa?
Totalmente sí. Puedes trabajar en cualquier otra empresa y puesto, siempre que las funciones no sean las mismas que tu profesión anterior.
