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Notificaciones de la Seguridad Social por incapacidad permanente: qué cambia desde septiembre de 2026

2026-10-02

Notificaciones de la Seguridad Social por incapacidad permanente: qué cambia desde septiembre de 2026

    ¿Qué ha cambiado en las notificaciones de la Seguridad Social desde el 1 de septiembre de 2026?

    ¿Esto significa que la Seguridad Social ya no enviará cartas?

    ¿Cómo me avisará la Seguridad Social de que tengo una notificación?

    ¿Qué necesito para consultar mis notificaciones de la Seguridad Social?

    No tengo Cl@ve, ¿cómo puedo conseguirla?

    Cómo consultar paso a paso una notificación de la Seguridad Social

    1. Entra en la Sede Electrónica de la Seguridad Social

    2. Pulsa en "Obtener acceso"

    3. Identifícate

    4. Comprueba las notificaciones disponibles

    5. Lee y guarda el documento

    ¿Puedo ver las notificaciones desde Mi Carpeta Ciudadana?

    ¿Existe una app de Mi Carpeta Ciudadana?

    ¿Qué pasa si recibo un SMS de la Seguridad Social?

    ¿Qué ocurre si no abro una notificación electrónica?

    ¿Por qué es especialmente importante si estás esperando una incapacidad permanente?

    ¿Qué hago si me deniegan la incapacidad permanente?

    ¿Y si no sé utilizar Cl@ve, certificado digital o internet?

    Qué recomendamos si estás de baja o esperando una resolución del INSS

    Preguntas frecuentes sobre las nuevas notificaciones de la Seguridad Social

    ¿Desde cuándo son electrónicas las notificaciones por incapacidad permanente?

    ¿También afecta a las personas que están de baja médica?

    ¿Necesito certificado digital para consultar una notificación del INSS?

    ¿Puedo consultar las notificaciones desde el móvil?

    ¿Puedo ver las notificaciones de la Seguridad Social en Mi Carpeta Ciudadana?

    ¿Qué pasa si no abro la notificación?

    ¿Seguiré recibiendo cartas en casa?

    ¿Qué hago si no tengo Cl@ve ni certificado digital?

    ¿Qué hago si la notificación dice que me deniegan la incapacidad permanente?

    Una notificación del INSS puede ser más importante de lo que parece

    ¿Has recibido una notificación del INSS y no sabes qué hacer?

Si estás de baja médica, has solicitado una incapacidad permanente o estás esperando una resolución del INSS, hay un cambio importante que debes conocer.

Desde el 1 de septiembre de 2026, las personas solicitantes o perceptoras de una prestación de incapacidad temporal y quienes reciban comunicaciones relacionadas con una incapacidad permanente pasan a estar obligadas a recibir estas notificaciones por medios electrónicos.

Esto significa que ya no conviene estar pendiente únicamente del buzón de casa. Una resolución importante del INSS puede estar disponible electrónicamente y, aunque no accedas a ella, pueden producirse efectos jurídicos una vez transcurrido el plazo establecido legalmente.

En JM Incapacidades sabemos que este cambio puede generar dudas, especialmente entre personas que no utilizan habitualmente Cl@ve, certificados digitales o las sedes electrónicas de la Administración.

Por eso vamos a explicar de forma sencilla qué ha cambiado, qué necesitas para consultar tus notificaciones de la Seguridad Social y cómo hacerlo paso a paso.

¿Qué ha cambiado en las notificaciones de la Seguridad Social desde el 1 de septiembre de 2026?

El cambio procede de la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, que modifica la regulación de las notificaciones y comunicaciones electrónicas de la Seguridad Social.

La norma se publicó en el BOE el 1 de junio de 2026 y entró en vigor tres meses después, el 1 de septiembre de 2026.

Desde esa fecha quedan incluidas entre las personas obligadas a recibir notificaciones y comunicaciones electrónicas:

  • Las personas físicas solicitantes o perceptoras de prestaciones de incapacidad temporal.

  • Las personas que reciban una notificación o comunicación relativa a prestaciones de incapacidad permanente.

  • Las personas que reciban comunicaciones sobre lesiones permanentes no incapacitantes.

Hasta ahora, muchas personas asociaban cualquier comunicación importante del INSS con la llegada de una carta a su domicilio. Con el nuevo sistema, es fundamental acostumbrarse a revisar también los canales electrónicos.

Puedes consultar el texto completo de la nueva regulación en el BOE, Orden ISM/541/2026.

¿Esto significa que la Seguridad Social ya no enviará cartas?

No exactamente. Es importante aclararlo porque se ha extendido la idea de que, desde septiembre, la Seguridad Social dejará de enviar cualquier comunicación en papel relacionada con las incapacidades.

La nueva regulación establece la notificación electrónica obligatoria para estos colectivos, pero también contempla determinadas excepciones en las que la Seguridad Social puede utilizar medios no electrónicos.

Por ejemplo, puede ocurrir cuando la entidad gestora no dispone de datos de contacto electrónico para enviar el aviso de que existe una notificación disponible.

También se mantienen otros supuestos excepcionales previstos por la normativa.

Por tanto, nuestro consejo es sencillo: no des por hecho que recibirás siempre una carta en casa, pero tampoco significa que el correo postal haya desaparecido por completo.

Si tienes un procedimiento de incapacidad en marcha, conviene controlar las notificaciones electrónicas.

¿Cómo me avisará la Seguridad Social de que tengo una notificación?

La normativa prevé que se envíe un aviso al dispositivo electrónico que hayas facilitado previamente para informarte de que tienes disponible una comunicación o notificación electrónica.

Aquí debemos distinguir dos cosas que pueden parecer iguales, pero jurídicamente no lo son. El aviso y la notificación no son lo mismo.

El SMS o correo electrónico sirve para avisarte de que existe una notificación. La notificación administrativa es el documento que está puesto a tu disposición en el sistema correspondiente.

Esto es importante porque la Ley 39/2015 establece, con carácter general, que la falta del aviso no impide por sí misma que la notificación sea válida.

Por eso, si tienes abierto un procedimiento ante el INSS, recomendamos no depender exclusivamente de recibir un SMS.

¿Qué necesito para consultar mis notificaciones de la Seguridad Social?

Antes de intentar acceder, conviene comprobar que dispones de un sistema de identificación electrónica adecuado.

El servicio de consulta y firma de notificaciones de la Seguridad Social permite, para el acceso en nombre propio, utilizar:

  • Certificado electrónico.

  • Cl@ve Permanente.

  • Cl@ve Móvil de nivel avanzado.

Hay un detalle especialmente importante en los procedimientos de incapacidad.

Cuando la notificación contiene datos personales de categoría especial, como información relativa a la salud, la propia Seguridad Social indica que debe utilizarse certificado electrónico o Cl@ve Permanente.

Por tanto, si estás esperando documentación relacionada con una incapacidad, nuestra recomendación práctica es que tengas preparado uno de estos sistemas antes de necesitarlo.

Puedes consultar los sistemas admitidos directamente en el servicio oficial de Consulta y firma de notificaciones telemáticas de la Seguridad Social.

No tengo Cl@ve, ¿cómo puedo conseguirla?

Si nunca has utilizado Cl@ve, no te preocupes. Es un sistema de identificación que permite realizar trámites con distintas Administraciones Públicas sin tener que disponer de una contraseña diferente para cada organismo.

Eso sí, debes registrarte previamente.

Actualmente existen diferentes formas de hacerlo, entre ellas el registro por internet mediante videoidentificación, mediante certificado electrónico o DNI electrónico y el registro presencial en una oficina. Algunas modalidades proporcionan un nivel básico y otras un nivel avanzado.

Puedes consultar todas las opciones en la página oficial de Registro en Cl@ve.

Si estás tramitando una incapacidad, no recomendamos dejar este paso para cuando llegue una resolución. Es preferible comprobar antes que puedes identificarte correctamente.

Cómo consultar paso a paso una notificación de la Seguridad Social

Si ya tienes certificado electrónico o Cl@ve Permanente, el procedimiento es bastante más sencillo de lo que puede parecer.

1. Entra en la Sede Electrónica de la Seguridad Social

Accede directamente al servicio oficial: Consultar y firmar notificaciones telemáticas

Es preferible guardar esta página en favoritos si tienes un expediente abierto.

2. Pulsa en "Obtener acceso"

La página te permitirá iniciar el proceso de identificación.

3. Identifícate

Selecciona uno de los sistemas admitidos. Recuerda que, si la notificación contiene información especialmente protegida relacionada con tu salud, la Seguridad Social exige certificado electrónico o Cl@ve Permanente.

4. Comprueba las notificaciones disponibles

Una vez identificado, podrás consultar las notificaciones que la Seguridad Social haya puesto a tu disposición.

5. Lee y guarda el documento

Si existe una resolución relacionada con tu incapacidad, recomendamos descargarla y conservarla.

No te limites a mirar si el resultado es favorable o desfavorable. Es importante revisar la fecha de notificación, el contenido completo de la resolución y los recursos o actuaciones que procedan.

En JM Incapacidades vemos con frecuencia a personas que contactan con nosotros después de recibir una resolución del INSS.

En ese momento, una de las primeras cuestiones que necesitamos comprobar es precisamente qué resolución se ha dictado y cuándo se ha notificado.

¿Puedo ver las notificaciones desde Mi Carpeta Ciudadana?

Sí. Y para muchas personas puede resultar una forma cómoda de controlar sus comunicaciones con las Administraciones.

Mi Carpeta Ciudadana reúne en un mismo espacio información procedente de diferentes Administraciones Públicas.

Dentro del apartado "Mis Notificaciones", la opción "Notificaciones y comunicaciones" permite acceder, ya identificado, a la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú). Desde allí se pueden consultar las notificaciones pendientes y las ya realizadas, así como comunicaciones administrativas de los organismos incorporados al sistema.

Puedes entrar directamente desde: Mi Carpeta Ciudadana

También puedes acceder directamente a la: Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú)

Hay un matiz importante. Mi Carpeta Ciudadana sirve para conocer y consultar las notificaciones pendientes, mientras que el acceso y la comparecencia electrónica se realizan a través de DEHú.

¿Existe una app de Mi Carpeta Ciudadana?

Sí. Si utilizas más el teléfono móvil que el ordenador, puedes instalar la aplicación oficial Mi carpeta Ciudadana.

La aplicación muestra en su pantalla de inicio el número de notificaciones electrónicas pendientes y conecta con DEHú para poder consultarlas.

Está disponible tanto para Android como para iPhone:

Para una persona que no está acostumbrada a entrar periódicamente en diferentes sedes electrónicas, tener instalada la aplicación puede ser una ayuda para controlar sus gestiones administrativas.

Aun así, si estás esperando una decisión importante del INSS, recomendamos comprobar directamente las notificaciones y no confiar únicamente en los avisos del móvil.

¿Qué pasa si recibo un SMS de la Seguridad Social?

Aquí recomendamos tener especial cuidado. Recibir un SMS puede ser simplemente el aviso de que tienes una notificación electrónica disponible.

Ante cualquier duda sobre la autenticidad del mensaje, es más seguro no acceder desde un enlace recibido por SMS o correo electrónico y entrar directamente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social escribiendo tú mismo la dirección o utilizando un acceso oficial que tengas guardado.

Una vez dentro, podrás comprobar si realmente existe una notificación pendiente.

Esta precaución es especialmente importante cuando el mensaje solicita datos personales, contraseñas, información bancaria o realizar alguna actuación poco habitual.

¿Qué ocurre si no abro una notificación electrónica?

Este es probablemente el punto más importante de todo el cambio. La Ley 39/2015 establece que una notificación electrónica se entiende practicada cuando accedes a su contenido.

Pero cuando la notificación electrónica es obligatoria, como ocurre ahora en estos procedimientos, si transcurren diez días naturales desde que la notificación se pone a disposición sin acceder a ella, se entiende rechazada. El procedimiento puede continuar.

Por eso ignorar una notificación no hace desaparecer sus consecuencias. Imaginemos una situación frecuente.

Una persona lleva muchos meses de baja médica. Está esperando que el INSS determine si procede reconocerle una incapacidad permanente y piensa que recibirá una carta en casa.

La resolución se pone a su disposición electrónicamente, pero no consulta el sistema.

Si deja pasar el tiempo pensando que "todavía no le han comunicado nada", puede encontrarse con que la notificación ya ha producido efectos y el procedimiento ha seguido adelante.

En procedimientos administrativos, controlar las fechas es fundamental.

¿Por qué es especialmente importante si estás esperando una incapacidad permanente?

Porque una notificación del INSS puede marcar un momento decisivo de tu expediente.

Puede contener una resolución que reconozca una incapacidad permanente total, una incapacidad permanente absoluta u otro grado. También puede comunicar una denegación o contener una actuación que requiera que prestes atención a los pasos siguientes.

En JM Incapacidades gestionamos expedientes de incapacidad desde su inicio y sabemos que uno de los errores más frecuentes es centrarse únicamente en los informes médicos y olvidarse de la parte administrativa.

Los informes son fundamentales, pero también lo son las resoluciones, las fechas y los plazos.

Una persona puede tener patologías importantes y limitaciones evidentes para su profesión habitual, pero si recibe una resolución desfavorable necesita saber qué se le ha notificado y qué vías tiene para defender su caso.

Nuestro trabajo no termina en presentar una solicitud. Gestionamos el procedimiento de forma integral, desde la solicitud de incapacidad hasta las reclamaciones previas, la demanda judicial y, cuando procede, los recursos posteriores.

¿Qué hago si me deniegan la incapacidad permanente?

Lo primero es no precipitarse, pero tampoco dejar pasar el tiempo. Una denegación del INSS no significa necesariamente que el procedimiento haya terminado.

Dependiendo del caso, puede presentarse una reclamación previa y, si no se obtiene una respuesta favorable, acudir posteriormente al Juzgado de lo Social.

En nuestra experiencia, cuando analizamos una denegación no miramos únicamente el diagnóstico de la persona.

Estudiamos cómo afectan realmente sus enfermedades y secuelas a las funciones de su profesión habitual o, cuando se solicita una incapacidad permanente absoluta, a su capacidad para desarrollar cualquier trabajo con las exigencias mínimas necesarias.

También revisamos la documentación médica disponible, la profesión, las tareas concretas que desempeñaba el trabajador y la resolución del INSS.

Por eso, si recibes una denegación, guarda la resolución completa y solicita asesoramiento cuanto antes.

¿Y si no sé utilizar Cl@ve, certificado digital o internet?

Esta es una preocupación totalmente comprensible.

Muchas de las personas que atendemos están alrededor de los 50 años y llevan meses pendientes de médicos, tratamientos, revisiones y de su situación laboral. No tienen por qué conocer el funcionamiento de una sede electrónica.

La propia normativa ha previsto esta dificultad.

La Orden ISM/541/2026 contempla que las personas afectadas puedan recibir asistencia presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) para utilizar los medios electrónicos, permitiendo que el acceso a la Sede Electrónica pueda realizarse válidamente con asistencia de un funcionario público.

La exposición de la propia norma indica también que desde las oficinas del INSS se puede tramitar la expedición del certificado digital o Cl@ve Permanente para facilitar el acceso a estas comunicaciones.

Por tanto, si no tienes conocimientos digitales, no significa que te quedes sin opciones. Lo importante es no ignorar el problema ni esperar a que llegue una resolución urgente para intentar solucionarlo.

Qué recomendamos si estás de baja o esperando una resolución del INSS

Desde JM Incapacidades recomendamos adoptar desde ahora una rutina sencilla.

Comprueba que la Seguridad Social dispone de tus datos de contacto actualizados. Asegúrate de disponer de certificado electrónico o Cl@ve Permanente y verifica que realmente puedes utilizarlo. Guarda el acceso oficial a las notificaciones de la Seguridad Social y consulta periódicamente si tienes alguna comunicación pendiente.

También puede ser útil instalar Mi Carpeta Ciudadana y configurar correctamente tus datos de contacto y avisos.

Y cuando recibas una resolución importante, descárgala y guárdala antes de hacer nada más.

Una de las dudas habituales que vemos en personas con bajas prolongadas es pensar que el INSS les avisará de cada paso de la manera en que estaban acostumbradas. Con este cambio, acostumbrarse al canal electrónico será cada vez más importante.

Preguntas frecuentes sobre las nuevas notificaciones de la Seguridad Social

¿Desde cuándo son electrónicas las notificaciones por incapacidad permanente?

La modificación entró en vigor el 1 de septiembre de 2026. Desde esa fecha se incluyen las notificaciones y comunicaciones relativas a prestaciones de incapacidad permanente dentro de los supuestos previstos por la nueva regulación.

¿También afecta a las personas que están de baja médica?

Sí. La norma incluye a las personas físicas solicitantes o perceptoras de prestaciones de incapacidad temporal.

¿Necesito certificado digital para consultar una notificación del INSS?

El servicio admite distintos sistemas de identificación. En nombre propio pueden utilizarse certificado, Cl@ve Permanente o Cl@ve Móvil de nivel avanzado. Pero si la notificación contiene datos personales de categoría especial, como información relativa a la salud, la Seguridad Social exige certificado electrónico o Cl@ve Permanente.

¿Puedo consultar las notificaciones desde el móvil?

Sí. Puedes acceder a los servicios electrónicos desde un dispositivo compatible y también utilizar la app Mi carpeta Ciudadana, que muestra las notificaciones electrónicas pendientes y conecta con DEHú para su consulta.

¿Puedo ver las notificaciones de la Seguridad Social en Mi Carpeta Ciudadana?

Mi Carpeta Ciudadana permite conocer las notificaciones pendientes de distintas Administraciones y enlaza con DEHú para acceder a ellas.

¿Qué pasa si no abro la notificación?

Cuando la notificación electrónica es obligatoria, transcurridos diez días naturales desde su puesta a disposición sin acceder a su contenido, se entiende rechazada. Esto no paraliza necesariamente el procedimiento.

¿Seguiré recibiendo cartas en casa?

No debe darse por hecho. El nuevo sistema establece la notificación electrónica obligatoria para estos procedimientos, aunque existen determinados supuestos en los que la Seguridad Social puede practicar notificaciones por medios no electrónicos.

Uno de ellos se produce cuando la entidad gestora no dispone de los datos de contacto electrónico necesarios para efectuar el aviso.

¿Qué hago si no tengo Cl@ve ni certificado digital?

Puedes tramitar tu registro en Cl@ve mediante distintas modalidades. La nueva regulación también prevé asistencia presencial en los CAISS para las personas que tengan dificultades para utilizar medios electrónicos.

¿Qué hago si la notificación dice que me deniegan la incapacidad permanente?

Guarda la resolución completa y presta especial atención a la fecha de notificación y a las vías de impugnación que indique. Una denegación puede ser recurrible y conviene estudiar cuanto antes las posibilidades del caso.

Una notificación del INSS puede ser más importante de lo que parece

La digitalización de las notificaciones pretende agilizar los procedimientos de la Seguridad Social, pero también obliga a los trabajadores a estar más atentos.

Si estás de baja desde hace meses, has solicitado una incapacidad permanente o el INSS ha iniciado un expediente, no esperes únicamente una carta en el buzón.

Comprueba que puedes acceder a las notificaciones electrónicas, revisa tus datos de contacto y familiarízate con la Sede Electrónica y Mi Carpeta Ciudadana.

Y si recibes una resolución que no entiendes, que te deniega la incapacidad o que reconoce un grado inferior al que consideras que corresponde, conviene analizarla antes de dejar pasar ningún plazo.

¿Has recibido una notificación del INSS y no sabes qué hacer?

En JM Incapacidades estamos especializados íntegramente en procedimientos de incapacidad laboral. Contamos con más de 10 años de experiencia y hemos gestionado alrededor de 500 casos de incapacidad.

Estudiamos cada situación de forma individual y acompañamos a nuestros clientes durante todo el procedimiento, desde la solicitud de incapacidad permanente hasta la reclamación previa, el juicio y los posibles recursos cuando sean necesarios.

Si has recibido una notificación del INSS, estás de baja desde hace meses o quieres saber si tu situación puede dar lugar a una incapacidad permanente, puedes solicitarnos una primera valoración gratuita.

Te explicaremos en qué punto estás y cuáles pueden ser los siguientes pasos, de forma clara y sin compromiso.

Contenido

    ¿Qué ha cambiado en las notificaciones de la Seguridad Social desde el 1 de septiembre de 2026?

    ¿Esto significa que la Seguridad Social ya no enviará cartas?

    ¿Cómo me avisará la Seguridad Social de que tengo una notificación?

    ¿Qué necesito para consultar mis notificaciones de la Seguridad Social?

    No tengo Cl@ve, ¿cómo puedo conseguirla?

    Cómo consultar paso a paso una notificación de la Seguridad Social

    1. Entra en la Sede Electrónica de la Seguridad Social

    2. Pulsa en "Obtener acceso"

    3. Identifícate

    4. Comprueba las notificaciones disponibles

    5. Lee y guarda el documento

    ¿Puedo ver las notificaciones desde Mi Carpeta Ciudadana?

    ¿Existe una app de Mi Carpeta Ciudadana?

    ¿Qué pasa si recibo un SMS de la Seguridad Social?

    ¿Qué ocurre si no abro una notificación electrónica?

    ¿Por qué es especialmente importante si estás esperando una incapacidad permanente?

    ¿Qué hago si me deniegan la incapacidad permanente?

    ¿Y si no sé utilizar Cl@ve, certificado digital o internet?

    Qué recomendamos si estás de baja o esperando una resolución del INSS

    Preguntas frecuentes sobre las nuevas notificaciones de la Seguridad Social

    ¿Desde cuándo son electrónicas las notificaciones por incapacidad permanente?

    ¿También afecta a las personas que están de baja médica?

    ¿Necesito certificado digital para consultar una notificación del INSS?

    ¿Puedo consultar las notificaciones desde el móvil?

    ¿Puedo ver las notificaciones de la Seguridad Social en Mi Carpeta Ciudadana?

    ¿Qué pasa si no abro la notificación?

    ¿Seguiré recibiendo cartas en casa?

    ¿Qué hago si no tengo Cl@ve ni certificado digital?

    ¿Qué hago si la notificación dice que me deniegan la incapacidad permanente?

    Una notificación del INSS puede ser más importante de lo que parece

    ¿Has recibido una notificación del INSS y no sabes qué hacer?